Trabajo Fin de Máster presentado por Marta Águeda Maroñas el 17 de julio de 2019.
- Dirigido por Dr. Luis Carro Sancristóbal (Departamento de Pedagogía) (Universidad de Valladolid).
Conjunto de competencias (tanto las competencias básicas como las nuevas competencias básicas) que se requieren para vivir en la actual sociedad del conocimiento.
Nota: en su recomendación sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, la comisión europea establece las siguientes ocho competencias clave:
Conjunto de competencias (tanto las competencias básicas como las nuevas competencias básicas) que se requieren para vivir en la actual sociedad del conocimiento.
Nota: en su recomendación sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, la comisión europea establece las siguientes ocho competencias clave:
Fuente: Cedefop, 2004; European Parliament and Council of the European Union, 2006.
Manifiesto para el aprendizaje de adultos en el siglo 21: el poder y la alegría del aprendizaje
El manifiesto de EAEA 2019 actualizado describe los desafíos donde la educación adulta puede desempeñar un papel clave, sus posibilidades transformadoras y el poder y la alegría del aprendizaje.El manifiesto está dirigido a los encargados de formular políticas europeas, nacionales y regionales para demostrar los beneficios del aprendizaje de adultos. En las próximas elecciones europeas, el manifiesto ayudará a comunicar la visión de EAEA de una Europa del aprendizaje con todas las habilidades, conocimientos y competencias necesarias.
EAEA propone un esfuerzo a escala europea para ir un paso hacia arriba, para desarrollar una sociedad del conocimiento que pueda lidiar con los desafíos de nuestro tiempo. Esto exige inversiones sostenibles ahora – en los niveles europeo, nacional, regional y local en la educación de los adultos.
El manifiesto presenta nueve desafíos europeos actuales, que el aprendizaje de adultos ayuda a resolver:
La ciudadanía activa y la democracia
Las personas que participan en la educación para adultos participan más en la sociedad, al votar, al voluntariado o al asumir roles activos en las comunidades. La educación adulta es la herramienta para el desarrollo del pensamiento crítico.
Salud y bienestar
Los estudiantes adultos llevan estilos de vida más saludables y experimentan un mejor bienestar. La educación adulta contribuye al desarrollo y la realización personal. La salud de nuestras sociedades depende del aprendizaje permanente.
Habilidades de vida para individuos
La educación adulta transforma vidas. Abre nuevas oportunidades de trabajo, crea caminos para el aprendizaje, activa las pasiones artísticas de las personas y construye nuevas redes sociales. La cohesión social, la equidad y la igualdad La educación adulta apoya una mayor movilidad social y ecualiza las sociedades. El aprendizaje de adultos reúne a personas de diferentes caminatas y etapas de la vida. Esto beneficia la democracia y la paz social.
Empleo y trabajo
El aprendizaje en el lugar de trabajo es uno de los impulsores clave de la participación de adultos en el aprendizaje permanente. La educación adulta aumenta la innovación y la productividad de los empleados, empresarios y voluntarios – esto hace que las empresas sean más exitosas.
Digitalización
La educación para adultos ayuda a cerrar la brecha digital y proporciona a las personas competencias digitales, que son clave para la realización personal, el empleo, la inclusión social y la ciudadanía activa.
La migración y el cambio demográfico
La educación cívica y el aprendizaje intercultural crean sociedades y culturas inclusivas. Los ancianos que aprenden son más activos, trabajan más tiempo y permanecen más sanos. El aprendizaje intergeneracional permite que los más viejos y los más jóvenes se beneficien del conocimiento del otro.
Sostenibilidad
La educación de adultos proporciona competencias, información, debates y creatividad para desarrollar nuevos enfoques necesarios para el desarrollo sostenible. Un cambio de paradigma sólo es posible a través de ciudadanos críticos, conscientes e innovadores.
La educación para adultos y las políticas europeas e internacionales
Políticas europeas e internacionales la educación de adultos contribuye a las principales estrategias europeas e internacionales en los ámbitos del crecimiento, el empleo, la innovación, la equidad, la cohesión social, la ciudadanía activa, la reducción de la pobreza, el cambio climático, el mercado interior, migración, la paz y más.
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Profesor Manuel Carabias:
Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Tlf: 983 186 389
Disponible en el Edificio LUCIA: Paseo Belén, 19. C.P: 47011. Valladolid.
(Contactar previamente a través de email)
Dirigida por:
* Dra. Carmen Guillén Díaz (Departamento de Didáctica de la Lengua y la Literatura) (Universidad de Valladolid)
* Dra. Almudena Moreno Mínguez Departamento de Sociología y Trabajo Social)
Los Estados miembros deben:
respaldar el derecho a una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos y de calidad y garantizar las oportunidades para que todas las personas puedan adquirir competencias clave mediante un uso pleno de las «Competencias clave para el aprendizaje permanente-un marco de referencia europeo», conforme a lo indicado en el anexo, y
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contribuir al desarrollo de las competencias clave prestando especial atención a:
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facilitar la adquisición de las competencias clave haciendo uso de las buenas prácticas para contribuir al desarrollo de las competencias clave, tal como se indica en el anexo, y en especial mediante:
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4. | incorporar las ambiciones de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en especial dentro del objetivo 4.7, en la educación, la formación y el aprendizaje, incluso intensificando la adquisición de conocimientos relativos a la limitación de la naturaleza polifacética del cambio climático y utilizando recursos naturales de un modo sostenible; |
5. | informar a través de los marcos e instrumentos existentes en el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET2020) y cualquier marco que le suceda sobre las experiencias y los avances en la promoción de las competencias clave en todos los sectores de la educación y la formación, incluido el aprendizaje no formal y, en la medida de lo posible, informal. |
Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente (Diario Oficial de la Unión Europea C 189/1 de 4 de junio de 2018).
Dirigida por las Dras. Pilar Martínez Clares y Fuensante Hernández Pina de la Facultad de Educación de la Universidad de Murcia.
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 165 y 166,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) | En la sociedad actual todo el mundo debe poseer una amplia gama de capacidades, conocimientos y competencias, entre ellas un nivel suficiente de capacidad de lectura, escritura, cálculo y competencias digitales, que le permitan desarrollar plenamente su potencial, participar activamente en la sociedad y asumir sus responsabilidades sociales y cívicas. Estas capacidades, conocimientos y competencias son también fundamentales para acceder al mercado laboral y progresar en él, y para seguir estudiando y formándose. |
Resumen: No se puede negar la influencia de las competencias sobre la evolución de la escuela y sus currículos. Cada vez más, para ser parte de un tejido socioeconómico, ya sea a nivel local o mundial, los estudiantes deben aprender a poner sus conocimientos y saber hacer adquiridos al servicio de la acción: deben ser capaces de tratar situaciones complejas de la vida cotidiana y profesional. En una palabra, consiste en enseñarles a transferir sus conocimientos y saber hacer. Por ello, la escuela y sus agentes deben estar preparados para tratar esta novedad: llevar a cabo el aprendizaje en relación a las competencias, pero también evaluar a los alumnos en cuanto a las competencias. El presente documento se centra en la evaluación de las competencias, sobre todo en una visión curricular comprehensiva que intenta articular todos los aspectos de un plan de estudios para todos. Comienza situando la contribución de las competencias en el mundo de la escuela: ¿de dónde vienen? ¿Qué han traído? ¿Cuál es su futuro? A continuación, se muestra cómo se ha llevado a muchas visiones de la competencia a mezclarse. Dominan dos visiones en particular: por una parte, la visión de las "competencias genéricas", que constituyen los conocimientos generales del alumno, incluyendo, en particular, las competencias socio-emocionales; por otra parte, la visión de las "competencias situacionales", que representan el potencial de un estudiante para enfrentar algunas situaciones complejas que hacen referencia a un perfil de egreso. El documento finalmente evoca el problema de la evaluación de estas competencias, tanto las competencias genéricas como las competencias situacionales, mostrando las metodologías específicas para cada tipo que hay que movilizar para evaluarlas, así como las dificultades que enfrentan los agentes para evaluar unas y otras. Termina trazando algunas nuevas vías para la evaluación de competencias.
Palabras clave: Competencia – currículo – evaluación – life skills (competencias para la vida) – competencia genérica – perfil de egreso – transferencia – pedagogía de la integración
Roegiers, X. (2016). Marco conceptual para la evaluación de competencias. Geneva : UNESCO International Bureau of Education.
Las orientaciones de la Unión Europea insisten en la necesidad de la adquisición de las competencias clave por parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que los individuos alcancen un pleno desarrollo personal, social y profesional que se ajuste a las demandas de un mundo globalizado y haga posible el desarrollo económico, vinculado al conocimiento. Así se establece, desde el Consejo Europeo de Lisboa en el año 2000 hasta las Conclusiones del Consejo de 2009 sobre el Marco Estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»).
En la misma dirección, el programa de trabajo del Consejo Europeo «Educación y Formación 2010» definió, desde el año 2001, algunos objetivos generales, tales como el desarrollo de las capacidades para la sociedad del conocimiento y otros más específicos encaminados a promover el aprendizaje de idiomas y el espíritu de empresa y a potenciar la dimensión europea en la educación en general.
Por otra parte, más allá del ámbito europeo, la UNESCO (1996) estableció los principios precursores de la aplicación de la enseñanza basada en competencias al identificar los pilares básicos de una educación permanente para el Siglo XXI, consistentes en «aprender a conocer», «aprender a hacer», «aprender a ser» y «aprender a convivir».
De igual forma, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), desde la puesta en marcha del programa PISA (Programa para la Evaluación Internacional de Estudiantes), plantea que el éxito en la vida de un estudiante depende de la adquisición de un rango amplio de competencias. Por ello se llevan a cabo varios proyectos dirigidos al desarrollo de un marco conceptual que defina e identifique las «competencias necesarias para llevar una vida personal y socialmente valiosa en un Estado democrático moderno» (Definición y Selección de Competencias, DeSeCo, 1999, 2003).
DeSeCo (2003) define competencia como «la capacidad de responder a demandas complejas y llevar a cabo tareas diversas de forma adecuada». La competencia «supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz». Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, es decir, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales y, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales.
Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias y la vinculación de este con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.
La Recomendación 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, insta a los Estados miembros a «desarrollar la oferta de competencias clave». Se delimita la definición de competencia, entendida como una combinación de conocimientos, capacidades, o destrezas, y actitudes adecuadas al contexto. Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican claramente ocho competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas. Asimismo, se destaca la necesidad de que se pongan los medios para desarrollar las competencias clave durante la educación y la formación inicial, y desarrolladas a lo largo de la vida.
Así pues, el conocimiento competencial integra un conocimiento de base conceptual: conceptos, principios, teorías, datos y hechos (conocimiento declarativo-saber decir); un conocimiento relativo a las destrezas, referidas tanto a la acción física observable como a la acción mental (conocimiento procedimental-saber hacer); y un tercer componente que tiene una gran influencia social y cultural, y que implica un conjunto de actitudes y valores (saber ser).
Por otra parte, el aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el conocimiento de base conceptual («conocimiento») no se aprende al margen de su uso, del «saber hacer»; tampoco se adquiere un conocimiento procedimental («destrezas») en ausencia de un conocimiento de base conceptual que permite dar sentido a la acción que se lleva a cabo.
Además, la Recomendación citada facilita la movilidad de estudiantes y profesionales de los Estados miembros, dado que se supone el logro de resultados de aprendizaje similares a partir del dominio de las mismas competencias clave. Con ello se facilita la convalidación de programas de estudio y el reconocimiento de títulos.
Por último, la propuesta de aprendizaje por competencias favorecerá la vinculación entre la formación y el desarrollo profesional.
La Comisión, en la Estrategia Europea 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, señala que los Estados miembros necesitarán «Mejorar los resultados educativos, abordando cada segmento (preescolar, primario, secundario, formación profesional y universitario) mediante un planteamiento integrado que recoja las competencias clave y tenga como fin reducir el abandono escolar y garantizar las competencias requeridas para proseguir la formación y el acceso al mercado laboral «.
Siguiendo estas recomendaciones, en España se incorporaron al sistema educativo no universitario las competencias clave con el nombre de competencias básicas. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), hace ya referencia en su exposición de motivos, entre otros asuntos, a la necesidad de cohesión social, al aprendizaje permanente a lo largo de la vida y a la sociedad del conocimiento, e introduce el término competencias básicas por primera vez en la normativa educativa.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de Calidad Educativa (LOMCE), va más allá al poner el énfasis en un modelo de currículo basado en competencias: introduce un nuevo artículo 6 bis en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que en su apartado 1.e) establece que corresponde al Gobierno «el diseño del currículo básico, en relación con los objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje evaluables, con el fin de asegurar una formación común y el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a que se refiere esta Ley Orgánica».
Dado que el aprendizaje basado en competencias se caracteriza por su transversalidad, su dinamismo y su carácter integral, el proceso de enseñanza-aprendizaje competencial debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento y por parte de las diversas instancias que conforman la comunidad educativa, tanto en los ámbitos formales como en los no formales e informales. Su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas.
Además, este aprendizaje implica una formación integral de las personas que, al finalizar la etapa académica, serán capaces de transferir aquellos conocimientos adquiridos a las nuevas instancias que aparezcan en la opción de vida que elijan. Así, podrán reorganizar su pensamiento y adquirir nuevos conocimientos, mejorar sus actuaciones y descubrir nuevas formas de acción y nuevas habilidades que les permitan ejecutar eficientemente las tareas, favoreciendo un aprendizaje a lo largo de toda la vida.
La nueva disposición adicional trigésima quinta a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, sobre «Integración de las competencias en el currículo», establece que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte promoverá, en cooperación con las Comunidades Autónomas, la adecuada descripción de las relaciones entre las competencias y los contenidos y criterios de evaluación de las diferentes enseñanzas a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica. A estos efectos, se prestará atención prioritaria al currículo de la enseñanza básica.
Las competencias que se recogen en esta orden se han establecido de conformidad con los resultados de la investigación educativa y con las tendencias europeas recogidas en la Recomendación 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente. Dichas competencias se describen, se indica su finalidad y aspectos distintivos, y se pone de manifiesto, en cada una de ellas, las claves de desarrollo que debe alcanzar todo el alumnado referidas al final de la educación básica y Bachillerato, pero cuyo desarrollo debe iniciarse desde el comienzo de la escolarización, de manera que su adquisición se realice de forma progresiva y coherente a lo largo de las distintas etapas educativas.
Las competencias clave deberán estar estrechamente vinculadas a los objetivos definidos para la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. Esta vinculación favorece que la consecución de dichos objetivos a lo largo de la vida académica lleve implícito el desarrollo de las competencias clave, para que todas las personas puedan alcanzar su desarrollo personal y lograr una correcta incorporación en la sociedad.
Un enfoque metodológico basado en las competencias clave y en los resultados de aprendizaje conlleva importantes cambios en la concepción del proceso de enseñanza-aprendizaje, cambios en la organización y en la cultura escolar; requiere la estrecha colaboración entre los docentes en el desarrollo curricular y en la transmisión de información sobre el aprendizaje de los alumnos y alumnas, así como cambios en las prácticas de trabajo y en los métodos de enseñanza.
Esta orden, que tiene carácter básico, se dicta al amparo del artículo 149.1.30ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En la tramitación de esta norma ha sido consultada la Conferencia de Educación y ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.
Artículado
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Las competencias clave en el Sistema Educativo Español.
Artículo 3. Descripción de las competencias clave en el Sistema Educativo Español.
Artículo 4. Las competencias clave y los objetivos de las etapas.
Artículo 5. Las competencias clave en el currículo.
Artículo 6. Estrategias metodológicas para trabajar por competencias en el aula.
Artículo 7. La evaluación de las competencias clave.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Ejecución y desarrollo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato (Boletín Oficial del Estado, núm. 25, de 29 de enero de 2015).
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Contexto europeo
1. Aunque Europa cuenta con importantes ventajas en el ámbito de la educación, son muchos los problemas que aún deben resolverse para alcanzar los ambiciosos objetivos de la Estrategia Europa 2020. En los últimos años, el reconocimiento del aprendizaje no formal e informal ha sido objeto de varios análisis comparativos en la UE, que han permitido comprender mejor en qué punto se halla este reconocimiento.
El presente trabajo muestra la importancia que posee el reconocimiento de la competencia lingüística adquirida a través del uso de la lengua extranjera en contextos no formales e informales para mejorar la empleabilidad de las personas. Por consiguiente, una buena formación de los maestros en lenguas extranjeras como usuarios efectivos de la lengua es indispensable. La creciente exigencia de acreditar un nivel de competencia lingüística para tener más oportunidades laborales hace necesario la utilización de instrumentos como el dossier de documentos Europass que permitan presentar las capacidades y cualificaciones de una persona "de una manera clara y comprensible para toda Europa". Así, la propuesta práctica del taller o workshop planteada en este trabajo ha sido diseñada y planificada con el fin de dar a conocer los documentos Europass y su utilidad para el reconocimiento de la propia competencia lingüística. |