Todo sobre la familia profesional: sectores productivos, ocupaciones, recursos, formación, orientación y acreditación de las competencias profesionales.
Aquí se muestra información general sobre las cualificaciones dentro de esta familia profesional.
Codigo | Nombre | Competencia | Normativa |
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MAP004_1 | Actividades en pesca de palangre, arrastre y cerco, y en transporte marítimo. | Realizar las faenas de pesca, el arranchado, maniobra y gobierno del buque, siguiendo instrucciones de sus superior/es y cumpliendo las normas de seguridad. | RD 101/2009 RD 1533/2011 RD 295/2004 RD 885/2011 RD 356/2014 Orden ECD/1633/2014 RD 1587/2012 |
MAP005_2 | Confección y mantenimiento de artes y aparejos. | Confeccionar y montar las artes y los aparejos de pesca, así como efectuar su reparación y mantenimiento, siguiendo las indicaciones de los planos y/o los procedimientos tradicionales. | RD 1376/2009 RD 295/2004 |
MAP006_2 | Manipulación y conservación en pesca y acuicultura. | Realizar operaciones de preparación y acondicionamiento de los productos de la pesca y de la acuicultura para su comercialización, siguiendo las instrucciones del superior y manteniendo las condiciones adecuadas de seguridad e higiene | RD 295/2004 RD 885/2011 |
MAP007_2 | Producción de alimento vivo. | Supervisar y/o realizar la producción de fitoplancton y zooplancton necesaria para su aplicación en diferentes fases del cultivo de peces, moluscos y crustáceos consiguiendo la calidad requerida, en condiciones de seguridad e higiene y protegiendo el medio ambiente | RD 295/2004 RD 718/2011 |
MAP008_2 | Engorde de peces, crustáceos y cefalópodos. | Supervisar y/o realizar el engorde de peces, crustáceos y cefalópodos en cualquier tipo de explotación acuícola, consiguiendo la calidad requerida, en condiciones de seguridad, higiene y de protección del medio ambiente. | RD 1376/2009 RD 295/2004 |
MAP009_2 | Operaciones en instalaciones y plantas hiperbáricas. | Realizar intervenciones hasta una presión máxima de 7 atmósferas y manejar y mantener los equipos e instalaciones de una planta hiperbárica en operaciones de carga de equipos con aire y nitrox y recompresiones en cámara hiperbárica, aplicando con rigor las medidas de seguridad. | RD 295/2004 |
MAP010_2 | Operaciones subacuáticas de reparación a flote y reflotamiento. | Mantener y reparar la obra viva de buques y artefactos flotantes así como estructuras e instalaciones sumergidas, manteniéndolas operativas según criterios establecidos y adoptando las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los operarios. Reflotar buques, artefactos y vehículos. | RD 101/2009 RD 295/2004 |
MAP011_2 | Operaciones subacuáticas de obra hidráulica y voladura. | Construir y mantener obras hidráulicas y realizar voladuras subacuáticas, atendiendo a los criterios de calidad establecidos y aplicando con rigor las medidas de seguridad que requiere este tipo de actividades. | RD 295/2004 |
MAP100_2 | Engorde de moluscos bivalvos. | Organizar y/o realizar el engorde de moluscos consiguiendo la calidad requerida, cumpliendo, en el ámbito de sus competencias, la normativa medioambiental y de prevención de riesgos laborales vigente. | RD 1087/2005 RD 718/2011 |
MAP101_2 | Producción en criadero de acuicultura. | Organizar y/o realizar todas las actividades relacionadas con la reproducción y con el cultivo en las primeras fases de desarrollo de las especies acuícolas, consiguiendo la calidad requerida, cumpliendo, en el ámbito de sus competencias, la normativa medioambiental y de prevención de riesgos laborales vigente. | RD 1087/2005 RD 1533/2011 |
MAP102_3 | Organización de lonjas. | Coordinar y supervisar, la recepción, clasificación y etiquetado para subasta de los productos pesqueros, cumpliendo la normativa en control de calidad, seguridad y salud laboral vigente. | RD 1087/2005 RD 718/2011 |
MAP170_2 | Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura. | Organizar, gestionar y ejecutar las actividades del transporte marítimo en puente y máquina, extracción y conservación de la pesca, en aguas interiores y en las proximidades de la costa, en condiciones de seguridad y cumpliendo la normativa nacional e internacional vigente. | RD 1228/2006 RD 1228/2006 (c) RD 1533/2011 |
MAP171_2 | Navegación en aguas interiores y próximas a la costa. | Organizar, gestionar y ejecutar las actividades del transporte marítimo en aguas interiores y en las proximidades de la costa, en condiciones de seguridad, cumpliendo la normativa nacional e internacional vigente. | RD 1228/2006 RD 1228/2006 (c) RD 1533/2011 |
MAP229_1 | Actividades auxiliares de mantenimiento de máquinas, equipos e instalaciones del buque. | Realizar operaciones auxiliares asociadas a los procesos de mantenimiento y reparación de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque, y elementos y equipos a flote y en seco, siguiendo los procedimientos establecidos, bajo la supervisión de un superior, y cumpliendo las normas y condiciones de seguridad, protección medioambiental, supervivencia y primeros auxilios. | RD 101/2009 RD 356/2014 Orden ECD/1633/2014 |
MAP230_1 | Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo. | Realizar las actividades extractivas de la pesca y marisqueo a flote mediante los diferentes tipos de artes menores, nasas y equipos de marisqueo, atendiendo a su mantenimiento y a la posterior clasificación y conservación de las capturas, el arranchado, maniobra y gobierno del buque, siguiendo instrucciones de su superior y cumpliendo las normas de protección y seguridad. | RD 101/2009 RD 1533/2011 RD 885/2011 RD 356/2014 Orden ECD/1633/2014 RD 1587/2012 |
MAP231_2 | Pesca local. | Realizar las operaciones del buque en puente y máquina, controlando la navegación, así como la extracción y conservación de la pesca, dentro de los límites geográficos establecidos, respetando las condiciones de seguridad y observando la normativa. | RD 101/2009 RD 1774/2011 |
MAP232_3 | Gestión de la producción de criadero en acuicultura. | Coordinar, gestionar y controlar las actividades relacionadas con la reproducción y el cultivo de las primeras fases del desarrollo de las especies acuícolas, supervisando la prevención y tratamiento de las patologías, gestionando los recursos disponibles para conseguir la calidad requerida del producto y del medio respetando la normativa medioambiental y de prevención de riesgos laborales. | Orden ECD/306/2012 RD 101/2009 RD 1585/2011 |
MAP233_3 | Gestión de la producción de engorde en acuicultura. | Planificar y supervisar las actividades relacionadas con las fases del engorde de las especies acuícolas y organizar la prevención y tratamiento de las patologías, gestionando los recursos disponibles para conseguir la calidad requerida del producto, respetando la normativa de prevención de riesgos y medioambiental. | Orden ECD/306/2012 RD 101/2009 RD 1533/2011 RD 1585/2011 |
MAP234_3 | Navegación, transporte y actividades pesqueras. | Planificar, gestionar y ejecutar las actividades de buques, cuyas características y límites geográficos determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la navegación, las operaciones de carga, estiba y descarga así como la extracción, manipulación, procesado y conservación de la pesca, optimizando la producción, respetando las condiciones de seguridad, observando la normativa nacional e internacional y utilizando, en caso necesario, la lengua inglesa. | RD 101/2009 RD 1691/2011 Orden ECD/111/2013 |
MAP400_1 | Actividades auxiliares y de apoyo al buque en puerto. | Realizar las funciones de vigilancia del buque pesquero, así como el mantenimiento y engrase de los elementos de a bordo, en su estancia en puerto, ocupándose bajo las indicaciones de un superior, de las labores de carga, descarga y arranche de los pertrechos y provisiones, y las de mantenimiento y reparación de los equipos de pesca fuera de uso, colaborando en las distintas maniobras a realizar por el buque en puerto, observando en todo momento las normas de seguridad. | RD 1179/2008 RD 718/2011 |
MAP401_1 | Actividades subacuáticas para instalaciones acuícolas y recolección de recursos. | Realizar intervenciones hasta una presión máxima de 4 atmósferas, bajo supervisión del jefe de equipo, para mantener instalaciones acuícolas sumergidas y poblaciones objeto de cultivo, así como recolectar recursos subacuáticos (algas, equinodermos, poliquetos, moluscos, crustáceos), aplicando las medidas de seguridad, prevención de riesgos laborales y de protección de recursos. | RD 1179/2008 |
MAP402_1 | Actividades de cultivo de plancton y cría de especies acuícolas. | Realizar, bajo supervisión, tanto las actividades de reproducción, incubación, y cultivo de larvas, postlarvas, semilla y alevines, como las actividades de producción de alimento vivo para las especies que se cultivan en las explotaciones acuícolas, consiguiendo la calidad requerida, en condiciones de seguridad e higiene y de respeto al medio ambiente. | RD 1179/2008 RD 718/2011 |
MAP403_1 | Actividades de engorde de especies acuícolas. | Realizar, bajo supervisión, actividades dirigidas al preengorde y engorde de peces, crustáceos y moluscos en todo tipo de instalaciones, consiguiendo la calidad requerida y respetando la normativa de prevención de riesgos y de protección medioambiental. | RD 1179/2008 RD 718/2011 |
MAP404_1 | Amarre de puerto y monoboyas. | Ejecutar las operaciones de amarre y desamarre de buques a puerto y monoboyas, así como de conexión y desconexión de mangueras en monoboyas, respetando las condiciones de seguridad y observando la normativa aplicable en estas operaciones. | RD 1179/2008 RD 1533/2011 |
MAP495_2 | Mantenimiento de instalaciones en acuicultura. | Organizar y realizar, bajo supervisión, el mantenimiento de las instalaciones, maquinaria y equipos de una empresa acuícola, comprobando su funcionamiento, y al tiempo que respetando la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental. | RD 1222/2010 |
MAP496_2 | Operaciones subacuáticas de salvamento y rescate. | Realizar intervenciones hasta una presión máxima de 7 atmósferas para efectuar operaciones de salvamento y rescate subacuático, aplicando en su ámbito competencial las medidas de seguridad, de prevención de riesgos laborales y protección ambiental. | RD 1222/2010 |
MAP497_3 | Inspección, localización y ensayos no destructivos en ambientes hiperbáricos. | Realizar intervenciones hiperbáricas hasta la presión absoluta que permitan las normas de seguridad, para llevar a cabo labores de detección, inspección y diagnóstico de estructuras y conducciones en ambientes hiperbáricos, buques, plataformas, monoboyas, dispositivos marítimos, entre otros, mediante la aplicación de métodos de ensayos no destructivos, observando las medidas de seguridad que requiere este tipo de actividades. | RD 1222/2010 |
MAP498_3 | Intervenciones subacuáticas en el patrimonio natural y cultural sumergido. | Realizar (bajo la supervisión de un técnico experto responsable) intervenciones hiperbáricas en el entorno sumergido, para desarrollar acciones relacionadas con el estudio, la supervisión, vigilancia, evaluación y protección de del patrimonio natural y cultural sumergido y la gestión de sus recursos: elaborar documentación gráfica y técnica para la emisión de informes para estudios de impacto ambiental (EIA), estudios oceanográficos, lacustres y de embalses; elaborar documentación gráfica y técnica para evaluar la existencia y estado de conservación de restos arqueológicos sumergidos. | RD 1222/2010 |
MAP499_3 | Supervisión de operaciones en complejos y sistemas hiperbáricos. | Desarrollar acciones ejecutivas en intervenciones de buceo hasta la presión absoluta que permitan las normas de seguridad, y en las actividades de control y mantenimiento de un complejo o sistema hiperbárico, observando las medidas de seguridad que requiere este tipo de actividades y utilizando, en caso necesario, la lengua inglesa. | RD 1222/2010 |
MAP572_1 | Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas. | Realizar actividades de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje, cumpliendo lo dispuesto en materia de seguridad y salud laboral y protección al medio natural. | RD 885/2011 |
MAP573_2 | Mantenimiento de los equipos de un parque de pesca y de la instalación frigorífica. | Realizar las operaciones de mantenimiento y reparación de las máquinas y equipos que integran el parque de pesca y la instalación frigorífica a bordo de buques pesqueros, cumpliendo la reglamentación vigente y en condiciones de seguridad. | RD 1072/2012 RD 885/2011 |
MAP574_2 | Operaciones de bombeo para carga y descarga en buques. | Manipular y mantener el estado operativo de los sistemas de bombas y tuberías, tanto neumáticas como hidráulicas, durante las cargas, descargas y trasiegos de las mercancías a bordo de un buque, respetando las condiciones de seguridad, la normativa medioambiental y de prevención de riesgos laborales específicos. | RD 885/2011 |
MAP575_2 | Operaciones de coordinación en cubierta y parque de pesca. | Distribuir a la tripulación de cubierta y del parque de pesca para ejecutar las órdenes recibidas del superior responsable, coordinando las operaciones de mantenimiento, maniobras, montaje y reparación de artes y aparejos, así como de clasificación, elaboración, y conservación de las especies capturadas y su estiba en las bodegas, observando las normas higiénico-sanitarias y de seguridad establecidas. | RD 1774/2011 RD 885/2011 |
MAP576_3 | Documentación pesquera. | Gestionar y coordinar ante las Administraciones competentes las actividades del buque, tanto en puerto como en la mar, relacionadas con los despachos, certificados, seguridad, tripulación y la actividad pesquera y comercial del producto extraído, respetando la normativa aplicable. | RD 1774/2011 RD 885/2011 |
MAP577_3 | Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero. | Registrar e informar sobre la actividad pesquera y el nivel de cumplimiento y ejecución de las medidas de conservación vigentes en el área de trabajo, controlando la posición del buque, la utilización de las artes de pesca y las capturas realizadas, así como elaborando los informes necesarios para el seguimiento científico del área pesquera de referencia. | RD 1774/2011 RD 885/2011 |
MAP591_2 | Navegación y pesca marítima. | Organizar, gestionar y ejecutar las actividades de buques, cuyas características y límites geográficos determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la navegación así como extracción, manipulación y conservación de la pesca, respetando las condiciones de seguridad y observando la normativa. | RD 1033/2011 |
MAP592_2 | Operaciones de control del funcionamiento y mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. | Controlar el funcionamiento y efectuar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque cuyas características determinen las administraciones competentes para este nivel, y colaborar en la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo, observando la normativa nacional e internacional de aplicación, utilizando la lengua inglesa cuando proceda, y actuando, en su caso, bajo la supervisión general de técnicos y/o profesionales de nivel superior. | RD 1033/2011 RD 1072/2012 |
MAP593_2 | Operaciones portuarias de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo. | Realizar actividades de manipulación de mercancías durante las operaciones de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo de mercancías transportadas en los buques, siguiendo las instrucciones de los responsables de la operativa y cumpliendo lo dispuesto en materia de seguridad y salud laboral. | RD 1033/2011 |
MAP594_3 | Control del funcionamiento y supervisión del mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. | Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque cuyas características determinen las administraciones competentes para este nivel, y colaborar en la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo, observando la normativa nacional e internacional de aplicación, utilizando la lengua inglesa cuando proceda, y actuando, en determinados casos, bajo la supervisión general de técnicos y/o profesionales de nivel superior. | RD 1033/2011 RD 1075/2012 |
MAP619_2 | Gobierno de embarcaciones y motos náuticas destinadas al socorrismo acuático. | Manejar embarcaciones a motor con fines comerciales de menos de 10 metros de eslora, y máximo de 12 pasajeros que operen dentro de aguas interiores y aguas continentales, con una potencia adecuada a la embarcación y velando por su integridad física, en condiciones de seguridad para su tripulación, la de terceros y con respeto al medio ambiente. | RD 1038/2011 |
Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 257 de 23 de octubre de 2014 )
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 249 de 17 de octubre de 2013 )
Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 69 de 21 de marzo de 2013 )
Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 30 de julio de 2011 )
Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los Reales Decretos 1834/2008, de 8 de noviembre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por estas modificaciones
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 30 de julio de 2011 )
Real Decreto 885/2011, de 24 de junio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo-Pesquera y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, y en el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 167 de 13 de julio de 2011 )
Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 61 de 12 de marzo de 2011 )
Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación
(
Boletín Oficial del Estado núm. 318, de 31 de diciembre de 2010 )
Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 180 de 26 de julio de 2008 )
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad
(
Boletín Oficial del Estado núm. 27, de 31 de enero de 2008 )
Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 5 de 5 de enero de 2007 )
Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo [Disposición derogada]
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 3 de 3 de enero de 2007 )
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 106 de 4 de mayo de 2006 )
Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales
(
Boletín Oficial del Estado núm. 289, de 3 de diciembre de 2005 )
Corrección de errores de la Orden TAS/470/2004, de 19 de febrero, por la que se desarrolla el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 308 de 23 de diciembre de 2004 )
Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica [Disposición derogada]
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 74 de 26 de marzo de 2004 )
Orden TAS/470/2004, de 19 de febrero, por la que se desarrolla el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 50 de 27 de febrero de 2004 )
Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad [Disposición derogada]
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 302 de 18 de diciembre de 2003 )
Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 223 de 17 de septiembre de 2003 )
Real Decreto 942/2003, de 18 de julio, por el que se determinan las condiciones básicas que deben reunir las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica [Disposición derogada]
(
Boletín Oficial del Estado, núm. 182 de 31 de julio de 2003 )
Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional
(
Boletín Oficial del Estado núm. 147, de 20 de junio de 2002 )
A cada cualificación se le asigna una competencia general, en la que se definen brevemente los cometidos y funciones esenciales del profesional. Se describen también el entorno profesional en el que puede desarrollarse la cualificación, los sectores productivos correspondientes, y las ocupaciones o puestos de trabajo relevantes a los que ésta cualificación permite acceder.