La 38ª Conferencia General de la UNESCO adoptó una nueva Recomendación sobre el Aprendizaje y la Educación de Adultos, 2015. Esta Recomendación sustituye a la Recomendación de 1976 sobre el Desarrollo de la Educación de Adultos y, por lo tanto, se convirtió en el instrumento normativo más actualizado en este importante ámbito político.
Exhorta a los Estados Miembros a que adopten medidas en aquellas esferas que ya están definidas en el Marco de Acción de Belém -es decir, política, gobernanza, financiación, la participación, inclusión y equidad y calidad- al tiempo que desarrolla las potencialidades de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Esta Recomendación recurre al concepto de aprendizaje a lo largo de toda la vida y subraya el objetivo general del aprendizaje y la educación de adultos, que consiste en garantizar la participación de todos los adultos en la sociedad y en el mundo laboral. Del mismo modo, tiene en consideración los tres ámbitos clave del aprendizaje y la educación de adultos: alfabetización y habilidades básicas; educación continua, formación y desarrollo profesional; y oportunidades de educación y aprendizaje, con el fin de promover la ciudadanía activa (conocida como educación "comunitaria", "popular" o "liberal"), es decir, medidas en torno a la educación que capaciten a las personas para que se involucren en una amplia gama de temas sociales.
Ahora, los Estados Miembros deben aplicar la Recomendación y fortalecer aún más la cooperación internacional con respecto al AEA. El proceso CONFINTEA, que conlleva informes periódicos en el Informe Mundial sobre el Aprendizaje y la Educación de Adultos (GRALE), será fundamental para el seguimiento de las actividades emprendidas por los Estados Miembros relacionadas a la aplicación de la Recomendación.
III. ÁMBITOS DE ACCIÓN.
10. En esta Recomendación se abordan de forma específica los ámbitos siguientes del Marco de acción de Belém aprobado en la Sexta Conferencia Internacional de Educación de Adultos (CONFINTEA VI): políticas, gobernanza, financiación, participación, inclusión y equidad, y calidad
Los Estados Miembros deberían fomentar un entorno en el que se imparta un aprendizaje y educación de adultos de calidad mediante medidas como las siguientes:
(g) hacer posible que los educandos adquieran y acumulen conocimientos, experiencias y cualificaciones mediante una participación flexible y la acumulación de resultados de aprendizaje en las distintas etapas. Los resultados de aprendizaje obtenidos de la participación en el aprendizaje y la educación de adultos no formal e informal deberían ser reconocidos, validados y acreditados, y deberían gozar de un valor equivalente al que otorgan los sistemas de educación formal (por ejemplo, de conformidad con los marcos nacionales de cualificaciones) a fin de posibilitar la educación permanente y el acceso al mercado laboral sin tener que hacer frente a barreras discriminatorias.