Área de Reconocimiento y Certificación de la Competencia

Instituto Regional de las Cualificaciones

El Instituto Regional de las Cualificaciones (IRCUAL) es el organismo especializado de la Comunidad de Madrid que tiene por misión el desarrollo y la promoción de la cualificación profesional de los madrileños con el fin de mejorar la competitividad de nuestras empresas y favorecer los procesos de desarrollo personal y profesional de los ciudadanos a lo largo de toda la vida.

Artículo 27 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Instituto Regional de las Cualificaciones.
Se suprime el Instituto Regional de las Cualificaciones, área funcional dependiente de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo, creado por el Decreto 55/2006 de 22 de junio.

Organización

  • Consejería de Empleo, Turismo y Cultura > Viceconsejería de Empleo > Dirección General de Estrategia y Fomento de Empleo > (Decreto 113/2012)
  • Consejería de Educación y Empleo > Viceconsejería de Empleo > Dirección General de Ordenación y Acreditación Profesional (Decreto 98/2011)
  • Área de Reconocimiento y Certificación de la Competencia (2010)
  • El Instituto depende de la Dirección de Área del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración. (2010)

Funciones

Las funciones del Instituto son las siguientes:

  1. Proponer y desarrollar en la Comunidad de Madrid un sistema integrado de cualificaciones para la formación profesional.
  2. Colaborar con el Consejo para la Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y asesorarle en la innovación y mejora del Sistema de Formación Profesional.
  3. Evaluar las actuaciones de formación profesional para el empleo.

Objetivos

  • 1. Cooperar en colaboración con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para que las cualificaciones profesionales sean acordes con las demandas y exigencias del mercado de trabajo.
  • 2. Colaborar en la elaboración de Certificados de Profesionalidad y Títulos de Formación Profesional.
  • 3. Registrar las competencias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales adquiridas mediante: la experiencia laboral, vías no formales de formación y acciones de formación profesional para el empleo.
  • 4.Favorecer la integración, transparencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  • 5. Colaborar en la equivalencia entre la oferta formativa de formación profesional del sistema educativo y de la formación profesional para el empleo.
  • 6. Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo.
  • 7. Facilitar la movilidad de los trabajadores al reconocer sus competencias profesionales en todo el territorio español.
  • 8. Cooperar en la competitividad y productividad de las empresas de la Comunidad de Madrid.
  • 9. Cooperar en la cualificación de los trabajadores madrileños.

Actividades

Hacia las personas:

  1. Favorecer una formación de calidad adecuada a sus necesidades para aumentar su empleabilidad y promoción profesional.
  2. Cooperar en el reconocimiento de las competencias adquiridas a lo largo de su trayectoria profesional.
  3.  Colaborar en el fomento de su movilidad profesional y en su formación profesional a lo largo de toda la vida.

Hacia las empresas:

  1. Analizar y  detectar las necesidades de cualificación en los distintos sectores productivos.
  2. Cooperar para alcanzar un mayor grado de cualificación profesional de los trabajadores.
  3. Favorecer la empleabilidad de los trabajadores adecuada a las necesidades de las empresas.

Competencias

1. Corresponden a la Dirección General de Ordenación y Acreditación Profesional, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, las siguientes funciones:
1.1. En materia de promoción de empleo:
a) El diseño, planificación y evaluación de estrategias, proyectos y políticas de promoción de empleo en la Comunidad de Madrid.
b) El seguimiento de la Política Europea de Empleo y su desarrollo en la Comunidad de Madrid, participando, conjuntamente con las Direcciones Generales de Formación y de Empleo, en los Consejos de Coordinación Estatal y Autonómica de la Política de Empleo, en la elaboración y desarrollo del Plan Nacional para el Empleo.
c) La promoción del Foro Permanente por el Empleo en la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de iniciativas innovadoras en materia de empleo.
d) La promoción, como consecuencia del análisis y estudio del mercado de trabajo de la Comunidad de Madrid, de prioridades en materia de formación para el empleo y de formación profesional, proporcionando la información adecuada para llevar a cabo las acciones de orientación profesional.

1.2. En materia de observatorio de empleo:
a) El mantenimiento, desarrollo, explotación y análisis de las bases de datos y ficheros de las diversas fuentes estadísticas que informan el mercado de trabajo de la Comunidad de Madrid, España y Europa.
b) La asistencia técnica a entidades, instituciones públicas e investigadores privados para el conocimiento del mercado de trabajo madrileño.

1.3. En materia de estudios y planificación:
a) La realización de estudios e investigaciones que incidan en la proyección y evolución de las necesidades de empleo, cualificaciones y formación para la toma de decisiones en materias de políticas de empleo.
b) El fomento de la cooperación y las relaciones institucionales con entidades públicas y privadas, organismos regionales y estatales e internacionales en materia de empleo y para el desarrollo de nuevos sistemas de fomento del empleo.
c) La promoción de la participación en iniciativas europeas y los proyectos aprobados por la Unión Europea y cooperar con Instituciones del ámbito de la misma para fomentar la transnacionalidad de los trabajadores de la Comunidad de Madrid.
d) La cooperación con los correspondientes órganos con competencias en políticas de empleo de la Administración General del Estado y de las demás Comunidades Autónomas y entes locales.

1.4. En materia de acreditación de cualificaciones profesionales y de ordenación de la Formación Profesional:
a) La gestión del Sistema Nacional de Cualificaciones en la Comunidad de Madrid y su acreditación.
b) El reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
c) La propuesta y el desarrollo en la Comunidad de Madrid de un sistema integrado de cualificaciones para la formación profesional.
d) La colaboración con el Consejo para la Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y asesoramiento al mismo en la innovación y mejora del sistema de formación profesional.
e) La ordenación académica de las enseñanzas de formación profesional reglada, así como las pruebas de evaluación correspondientes.
f) El desarrollo curricular de los contenidos mínimos fijados por el Estado de las enseñanzas de formación profesional.
g) El desarrollo de las directrices de la orientación pedagógica y profesional en las enseñanzas de Formación Profesional.
h) La formulación de criterios y directrices pedagógicas sobre el equipamiento escolar, el material didáctico y contenidos en soporte digital, así como sobre la selección del personal docente que sean necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de Formación Profesional.
i) El desarrollo y aplicación de medios didácticos para la puesta en práctica, extensión y diversificación de la oferta de educación a distancia de enseñanzas de formación profesional.

1.5. En materia de evaluación de las políticas de empleo.
a) La elaboración de los criterios para la evaluación y seguimiento de las políticas de empleo aprobadas y evaluar sus resultados.
b) La evaluación, seguimiento y control periódico de la oferta formativa de los cursos y programas de formación cofinanciados por Fondos Europeos.
c) La evaluación, los resultados de la inserción laboral de los alumnos de formación así como la proyección de la movilidad ocupacional.
d) La elaboración de informes sobre la demanda y oferta de la evolución de los perfiles y ocupaciones del mercado de trabajo así como sus itinerarios formativos.

identNormativa

Listado de documentos legislativos relacionados con la entidad de las cualificaciones profesionales y el proceso de acreditación de las competencias.

identContacto

Validación de competencias profesionales

Presentación

Convocatorias


Plazas convocadas

validNormativa

Relación de documentos normativos vinculados a los procedimientos de acreditación de competencias.

validComunicados

validRevista

Formación Profesional

Formación profesional

Legislación relacionada con el desarrollo general de la formación profesional.

Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid es un órgano consultivo y de asesoramiento al Gobierno autonómico en las materias relacionadas con la Formación Profesional en el que participan las organizaciones empresariales y sindicales.

Le corresponden, en virtud de su Decreto de creación, las funciones de elaboración de dictámenes y orientaciones para el correcto diseño y programación de las enseñanzas de Formación Profesional, de coordinación con el Consejo Escolar de la Región y el Consejo de Universidades, así como la preparación de las correspondientes propuestas relativas a las cualificaciones.

consejoNormativa

Listado de normas relacionadas con la actividad del Consejo.

conasejoContacto

Plan Regional de Formación Profesional de Madrid

Los objetivos prioritarios que se fijan para el Plan de Formación Profesional son los siguientes:

Al Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid le corresponde la redacción de un Plan de Formación Profesional cuyos elementos básicos son los siguientes:

  • a) Prestigiar socialmente y cualificar la Formación Profesional dotándole de medios y presupuestos, garantizando el acceso a la misma, además de su carácter universal. Esta oferta formativa desempeña un papel de primer orden en la mejora de empleo y del sistema productivo y es un eslabón imprescindible en la formación permanente de las personas.
  • b) Integrar los tres subsistemas es un elemento fundamental y estratégico, de forma que se garantice la coordinación e interrelación de los mismos, se aprovechen los recursos y se logre, en suma, un marco general común donde encajen los itinerarios formativos de cada uno.
  • c) Asegurar la participación de las Administraciones Regionales con competencias en los campos laboral y educativo, así como de los agentes sociales de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1995, de 28 de marzo, de participación de los Agentes Sociales en las Entidades Públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid.
  • d) Crear un sistema integrado de Orientación ligado al Plan Regional de Formación Profesional al servicio de: Alumnos del sistema educativo; trabajadores; empresas, especialmente PYMES; centros y agentes formativos.
  • e) Incentivar la firma de acuerdos bipartitos (empresarios, sindicatos) y tripartitos (con la incorporación de la Administración Autonómica o Local) para facilitar la inserción laboral de los alumnos formados: Facilitar su contratación; facilitar el desarrollo del Módulo de Formación en Centros de Trabajo; facilitar las prácticas no laborales de los desempleados que han asistido a un curso de Formación Profesional; facilitar la formación teórica de los contratados con contrato de formación.
  • f) Establecer un Sistema de Evaluación de la Calidad de los procesos formativos, ligado al Plan Regional de Formación. En la elaboración del Plan participarán las distintas Consejerías del Gobierno Regional en función de las materias de su ámbito competencial.

Centros Integrados

fpCentros

Relación de documentos normativos vinculados a los centros integrados.

Formación para el empleo

fpFormacion

Legislación relacionada con la formación para el empleo.

Consejo Escolar

Descripción

Informes

CENormativa

Normativa vinculada a la actividad del Consejo Escolar.

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