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Instituto Galegpo das Cualificacions Instituto Gallego de las cualificaciones

Descripción

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El sistema de Cualificación Profesional, bajo la dirección del Consejo Gallego de Formación Profesional (Decreto 110/1999, de 8 de abril, modificado por el Decreto 214/2003, de 20 de marzo), es un órgano consultivo y de participación de contexto social y económico de Galicia, cuyo objetivo es coordinar todas las enseñanzas básicas y de formación profesional que implican o llevará a cabo en nuestra Comunidad Autónoma, y que es necesario crear el Instituto Gallego de las cualificaciones (Decreto 93/1999, de 8 de de abril) como un órgano técnico que llevará a cabo dentro de sus competencias, el modelo adoptado por el Consejo.

Organización

Funciones

Objetivos

Funciones

identNormativa

Listado de documentos legislativos relacionados con la entidad de las cualificaciones profesionales y el proceso de acreditación de las competencias.

identContacto

Instituto Nacional de las Cualificaciones Profesionales Validación de competencias profesionales

Presentación

Diario Oficial de Galicia

Convocatorias


Plazas convocadas

Otros documentos

Boletines del Intituto Gallego de las Cualificaciones

validNormativa

Relación de documentos normativos vinculados a los procedimientos de acreditación de competencias.

validComunicados

validRevista

Xunta de GaliciaFormación Profesional

Formación profesional

Legislación relacionada con el desarrollo general de la formación profesional.

Consello Galego de Formación Profesional

Competencias del Consello Galego de Formación Profesional

a) Elaborar, por medio de su unidad técnica, los sucesivos planes gallegos de formación profesional, y elevar su propuesta de aprobación al Comité Interdepartamental de las Cualificaciones y la Formación Profesional, creado por el Decreto 262/2002, de 31 de julio (Diario Oficial de Galicia del 22 de agosto de 2002).

b) Realizar informe de las programaciones de acciones de formación profesional efectuadas por la Xunta de Galicia, y proponer las modificaciones que se consideren necesarias de cara a futuras programaciones.

c) Realizar informe de la oferta de formación profesional, intentando la adecuación de ésta a las necesidades del mundo productivo, a las mayores posibilidades de inserción laboral y a los recursos disponibles.

d) Emitir informe, dentro del ámbito competencial de la Comunidad Autónoma, de los proyectos de planes de estudios de los títulos correspondientes a los diversos grados de las familias profesionales de formación profesional específica, y las certificaciones de profesionalidad en materia de formación profesional ocupacional y continua, así como los relativos a la formación adquirida a través de la experiencia laboral y, en su caso, su homologación académica o profesional con los correspondientes grados de formación profesional reglada u ocupacional, sin perjuicio de las competencias que puedan tener otros órganos en esta materia.

e) Emitir propuestas y recomendaciones a los distintos organismos con competencia dentro de la Comunidade Autónoma en materia de formación profesional.

f) Proponer acciones para mejorar las actuaciones de la red de información y orientación profesional.

g) Evaluar y hacer el seguimiento de las acciones que se desarrollen dentro de la Comunidad Autónoma en materia de formación profesional, en los diferentes subsistemas que lo conforman; así como de la gestión integrada, calidad y evaluación de la formación profesional.

h) Emitir informe sobre la oferta formativa de formación continua.

i) Emitir informe sobre los proyectos de las disposiciones normativas relacionadas con la formación profesional.

j) Promover la determinación de las cualificaciones profesionales nacionales más estrechamente vinculadas a la estructura productiva de Galicia.

k) Informar los planes y acciones encaminados al reconocimiento y evaluación de la competencia de la población activa y colaborar en la implantación del dispositivo de reconocimiento y evaluación.

l) Informar las propuestas de cualificaciones profesionales nacionales que formarán parte del sistema de cualificaciones de Galicia y de los programas de formación asociada al Sistema de Cualificaciones.

m) Elaborar cada año una memoria que incluya la del Instituto Gallego de las Cualificaciones.

n) Solicitar, con carácter anual, una memoria de actividades llevadas a cabo por todas las consellerías y organismos gestores en materia de formación profesional.

o) Emitir informe sobre cualquier asunto que, sobre formación profesional, le soliciten las administraciones públicas, autonómicas o la estatal.

consejoNormativa

Listado de normas relacionadas con la actividad del Consejo.

conasejoContacto

Plan gallego de Formación Profesional

Centros Integrados

fpCentros

Relación de documentos normativos vinculados a los centros integrados.

Formación para el empleo

fpFormacion

Legislación relacionada con la formación para el empleo.

Consejo Escolar

Descripción

Informes

CENormativa

Normativa vinculada a la actividad del Consejo Escolar.

CEContacto


Orden de 19 de noviembre de 2009 por la que se establecen las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación
de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados
al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan
las pruebas a celebrar en el año 2010, en desarrollo del Real decreto 1032/2007, de 20 de julio.
(Diario Oficial de Galicia núm. 233, 19 de noviembre de 2009).

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