Servicio de Cualificaciones y Acreditación de Competencias

Descripción

Junta de Castilla y León

El Servicio de las Cualificaciones y Acreditación de las Competencias Profesionales de Castilla y León, es una unidad administrativa dependiente de la dirección general de formación profesional.

Organización

  • Consejería de Educación > Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial (Decreto 38/2011, de 7 de julio).
  • Consejería de Educación > Dirección General de Formación Profesional > Servicio de las Cualificaciones y Acreditación de la Competencia Profesional (Orden EDU/807/2008, de 20 de mayo).
  • Consejería de Educación > Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa > Centro de las Cualificaciones y Acreditación de la Competencia Profesional (Orden EDU/1103/2003, de 28 de agosto).

Funciones

Acorde con el Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, en su Artículo 9, le corresponde a la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial las siguientes competencias:

1. Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial las siguientes atribuciones:

  1. La convocatoria y gestión de los procesos de evaluación y acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral, en colaboración con los órganos de la Administración de la Comunidad competentes en materia de políticas de empleo.
  2. La planificación de los programas de cualificación profesional inicial.
  3. La implantación y desarrollo del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en colaboración con el Instituto Nacional de las Cualificaciones.
  4. La cualificación y recualificación del alumnado que abandona el sistema educativo de forma prematura.
  5. El fomento de la cultura emprendedora en el alumnado que curse enseñanzas de formación profesional y de régimen especial.
  6. El fomento de las relaciones con instituciones, en especial con las universidades y empresas, que faciliten el desarrollo de la formación en centros de trabajo y la inserción laboral, en colaboración con la Secretaría General y la Dirección General de Universidades e Investigación.
  7. La gestión de contenidos vinculados a la Plataforma de Formación Profesional a distancia.
El Servicio de las Cualificaciones y Acreditación de la Competencia Profesional, creado por Orden EDU/807/2008, de 20 de mayo, mantiene su estructura y tiene las siguientes funciones recogidas en el artículo 28.

1.– Corresponden a este Servicio las siguientes funciones de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en la normativa vigente:

  1. Identificación de las competencias profesionales y cualificaciones relevantes para el desarrollo productivo de Castilla y León, en la que podrán colaborar con otras entidades.
  2. Establecer y gestionar en Castilla y León el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  3. Diseñar e implantar metodologías adecuadas para la evaluación de la competencia profesional.
  4. Implantación y desarrollo de los procedimientos de acreditación, certificación y registro de la competencia profesional.
  5. Cualquier otra que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

2.– Para el desarrollo de sus funciones y conforme a su denominación, el Servicio de las Cualificaciones y Acreditación de la Competencia Profesional se estructura en las siguientes unidades administrativas:

  • Sección de acreditación de competencias profesionales.
  • Sección de cualificaciones profesionales.

identNormativa

Listado de documentos legislativos relacionados con la entidad de las cualificaciones profesionales y el proceso de acreditación de las competencias.

identContacto

Validación de competencias

Presentación

¿Qué finalidades persigue el procedimiento de acreditación?

El Procedimiento de acreditación tiene por objeto establecer el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación .

Los fines del procedimiento de acreditación son:

a) Evaluar las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación , mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.

b) Acreditar oficialmente las competencias profesionales , favoreciendo su puesta en valor con el fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de trabajo, como la progresión personal y profesional.

c) Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional , ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad.

¿Qué perfiles profesionales se convocarán y cuándo?

Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad
Cualificación profesional: Educación Infantil; Nivel 3  

Familia Profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad
Cualificación profesional: Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio; Nivel 2 
Cualificación profesional: Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales; Nivel 2

¿Quiénes pueden participar en el proceso de acreditación?

Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos :

a) Poseer la nacionalidad española , haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III. De manera excepcional , y durante las convocatorias de los años 2009 y 2010, se podrán presentar personas que tengan 19 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción a cualificaciones de nivel II.

c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:

1) En el caso de experiencia laboral . Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

2) En el caso de formación . Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

d) En los casos a los que se refiere el artículo 10.1.b) del R.D. 1224/2009, de 17 de julio, reconocimiento de competencias, poseer documento justificativo de cumplir con alguno de los requisitos adicionales previstos.

En cuanto a las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior, y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados , podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.

Para estudiar estos casos, las administraciones competentes designarán a los asesores y asesoras necesarios, que emitirán un informe sobre la procedencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a la inscripción definitiva.

¿De qué fases se compone el procedimiento?

El procedimiento de acreditación constará de las siguientes fases:

a) Asesoramiento.
b) Evaluación de la competencia profesional.
c) Acreditación y registro de la competencia profesional.

¿Qué validez tiene el proceso de reconocimiento de la competencia?

El procedimiento y los requisitos establecidos en el R.D. 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, así como los efectos de la evaluación y acreditación de competencias, tienen alcance y validez en todo el territorio del Estado.

Habilitación de Asesores y EvaluadoresInstrumentos de apoyo para la Evaluación y Acreditación

Los instrumentos de apoyo para la Evaluación y Acreditación de las Competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, de interés para el/la candidato/a son: El manual de procedimiento, la guía para la persona candidata y los cuestionarios de autoevaluación.

- Manual de procedimiento. En él, se hacen referencia a los diferentes apartados que componen las guías de candidatos/as, asesores/as y evaluadores/as, al flujograma del Procedimiento y al glosario del propio manual.

- Guía para la persona candidata. Este instrumento proporciona toda la información que puede necesitar la persona que quiera participar en el Procedimiento de Acreditación.

- Cuestionarios de autoevaluación. Mediante ellos, podrá valorar si está en condiciones de acreditar la Unidad de Competencia correspondiente dentro del desarrollo del Procedimiento de Acreditación. Deberá rellenar un cuestionario por cada Unidad de Competencia que quiera acreditar, dentro de la respectiva cualificación y familia profesional.

Convocatoria de 2014

En el año 2012, en aplicación de la Orden HAC/1536/2011, de 7 de diciembre, se publicaron los listados definitivos de personas admitidas y en reserva de cada centro.

En el año 2013, por Resolución de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, se dio continuidad a los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, convocados por Orden HAC/1536/2011, de 7 de diciembre.

El 19 de agosto de 2014 se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL.) la Orden de la Consejería de Hacienda, por la que, de nuevo, se da continuidad a los procedimientos de evaluación y acreditación.

A los efectos de información y difusión, ahora se hacen públicos los listados de las personas que figuraron en reserva y que aún no han sido convocadas. Se publican a través de la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida (http://www.educa.jcyl.es/adultos) y de otros canales institucionales, como el Portal de Educación (http://www.educa.jcyl.es) y el Portal de Empleo (http://www.empleo.jcyl.es).

Posteriormente, la publicación oficial de los listados de personas admitidas, así como del día, hora y lugar de la primera reunión con los asesores, se hará, el 3 de septiembre de 2014, en el tablón de anuncios de cada uno de los centros, de conformidad con el apartado 3.3. de la Orden de la Consejería de Hacienda que da continuidad a los procedimientos.

Listados de reservas (2014)

  • icon Listado de reservas de la provincia de Ávila (2014)
  • icon Listado de reservas de la provincia de Burgos (2014) - Centro Juan de Colonia
  • icon Listado de reservas de la provincia de Burgos (2014) - Centro Simón de Colonia
  • icon Listado de reservas de la provincia de León (2014) - Centro Tecnológico
  • icon Listado de reservas de la provincia de León (2014) - Ciudad de León
  • icon Listado de reservas de la provincia de Palencia (2014)
  • icon Listado de reservas de la provincia de Salamanca (2014)
  • icon Listado de reservas de la provincia de Segovia (2014)
  • icon Listado de reservas de la provincia de Soria (2014)
  • icon Listado de reservas de la provincia de Valladolid (2014) Centro Juan de Herrera
  • icon Listado de reservas de la provincia de Valladolid (2014) Centro Julián Marías
  • icon Listado de reservas de la provincia de Zamora (2014)

Convocatorias


Plazas convocadas

Otros documentos

validNormativa

Relación de documentos normativos vinculados a los procedimientos de acreditación de competencias.

validComunicados

validRevista

Formación Profesional

Formación profesional

Legislación relacionada con el desarrollo general de la formación profesional.

Consejo de Formación Profesional de Castilla y León

consejoNormativa

Listado de normas relacionadas con la actividad del Consejo.

conasejoContacto

Plan de Formación Profesional de Castilla y León

Segundo Plan de FP

plan_fp_cl_2011

2º Plan de Formación Profesional de Castilla y León

Desde 2007-08 hasta 2009-10

Objetivos:

  • Promover la colaboración de la Administración y de los agentes económicos y sociales en materia de Formación Profesional.
  • Desarrollar el proceso de acreditación de la competencia profesional, en consonancia con la normativa básica.
  • Desarrollar el sistema de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la Comunidad.
  • Establecer una red de centros integrados que garantice la cobertura que demanda la estructura territorial y el mercado de trabajo de la Comunidad de Castilla y León.
  • Establecer un espacio de cooperación entre los centros integrados, los centros de referencia nacional y el entorno productivo.

Informe sobre la valoración de las actuaciones realizadas en el ámbito institucional (págs. 11-13)

3. Desarrollo del sistema de cualificaciones y acreditación de la competencia

En la Comunidad hasta el momento, las actuaciones llevadas a cabo para el desarrollo del sistema de cualificaciones y acreditación de la competencia han sido de colaboración con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), con el Servicio Público de Empleo Estatal, y con otros Centros, Institutos y Servicios de Cualificaciones de otras Comunidades Autónomas en la definición e implantación de los instrumentos del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y del modelo del sistema integrado de formación profesional y en la definición del procedimiento de reconocimiento y acreditación de las competencias adquiridas mediante experiencia laboral y vías no formales de formación.

[...]

Igualmente, a través de las convocatorias de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación profesional se ha procedido a una difusión del Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales, y sus instrumentos como la acreditación de las competencias profesionales, estudios de prioridades formativas de carácter transversal en diferentes sectores de actividad y diversos colectivos, y las diversas iniciativas de formación para el empleo. El número total de proyectos financiados a través de esta medida han sido 85.

La complejidad de la construcción del sistema de las cualificaciones ha provocado una notable lentitud en su desarrollo y en el de sus instrumentos, y en consecuencia de los nuevos títulos y certificados de profesionalidad, lo que ha condicionado la realización de determinadas acciones previstas en el 2º Plan de Formación Profesional. Ello exige, a las Administraciones y demás agentes involucrados, un esfuerzo adicional para impulsar todas las actuaciones pendientes.

En cuanto al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, no ha sido posible avanzar suficientemente en este objetivo en la Comunidad de Castilla y León debido principalmente a la tardanza en publicarse la normativa básica estatal reguladora, (Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral) y a la complejidad del proceso a desarrollar, tanto por el Estado como por las Comunidades Autónomas, a partir de la publicación de dicha normativa. Hasta el momento se han llevando a cabo las primeras acciones de formación y habilitación de los orientadores, asesores y evaluadores que pueden intervenir en las próximas convocatorias y se está colaborando con el INCUAL en el desarrollo de los instrumentos de evaluación, paso previo para la puesta en marcha de convocatorias en los diferentes perfiles profesionales (hasta ahora sólo se dispone de instrumentos para “educación infantil” y “atención socio-sanitaria”).

Una vez estén desarrollados los instrumentos y habilitados los asesores y evaluadores, podrá avanzarse en el proceso, realizando convocatorias de carácter autonómico para atender la demanda de acreditación de la cualificación profesional. Además, será necesario definir, para Castilla y León, la estructura de gestión del procedimiento.

La puesta en marcha de todo este dispositivo constituye uno de los elementos prioritarios de la política de cualificaciones y formación profesional y por tanto una prioridad de este Plan.

Primer plan de FP

 plan_fp_cl_2002

I Plan de Formación Profesional de Castilla y León

desde 2003-04 a 2006-07

El Plan de Formación Profesional de Castilla y León es el resultado de la planificación de las actuaciones en materia de Formación Profesional de Castilla y León, fruto del consenso entre todos los sectores sociales de la Comunidad Autónoma. En él se contemplan los tres tipos de formación profesional, reglada, continua y ocupacional.

LÍNEA BÁSICA
Implantar y desarrollar un sistema integrado de cualificación y formación profesional que permita la formación permanente a lo largo de la vida, la optimación de recursos, y un tratamiento global y coordinado de las necesidades.
OBJETIVO DE REFERENCIA
Establecer el marco que permita la planificación y ordenación integrada de las cualificaciones y de la formación profesional en Castilla y León, con la elaboración de la normativa necesaria y la creación del centro de las cualificaciones y de la unidad administrativa encargada del reconocimiento de la competencia profesional.
PROGRAMA: 4.- Creación de la unidad administrativa encargada del reconocimiento, acreditación y registro de la competencia profesional.

PROYECTO: 4.1 .- Puesta en marcha de un sistema de acreditación de la competencia.

  • Definir un sistema de evaluación de la competencia de la población activa tanto ocupada como desocupada.
  • Implantar un dispositivo de reconocimiento y evaluación de los aprendizajes no formales e informales, con la participación de los agentes sociales.

PROYECTO: 4.2 .- Crear la unidad administrativa encargada de expedir y registrar las certificaciones.

  • Disponer, en Castilla y León, de un organismo único, responsable de expedir las certificaciones que avalen las competencias adquiridas por las personas, además de realizar  las labores inherentes a la custodia y archivo del registro de cualificaciones profesionales.
  • Promover la transparencia de las cualificaciones que posibilite su valoración por las organizaciones productivas y asegure niveles de homologación en el contexto europeo.

Consejo Económico y Social de Castilla y León

Dictamen sobre el Plan de Formación Profesional de Castilla y León

(D15/2002, de 31 de Octubre de 2002)

El Consejo Económico y Social de Castilla y León, en el capítulo de conclusiones y recomendaciones, señaló la siguiente recomendación:

Séptima.- El Plan recoge la preocupación que el CES ha venido mostrando sobre el alto porcentaje de trabajadores que no tiene reconocida su competencia profesional. Así pues, se debería impulsar con prontitud la creación del centro de cualificaciones de Castilla y León y de la agencia para la evaluación de la competencia con la participación de los agentes sociales, siempre en coordinación con el Instituto Nacional de Cualificaciones, de modo que dichas cualificaciones tengan carácter universal.

fpFormacion

Legislación relacionada con la formación para el empleo.

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Centros Integrados

fpCentros

Relación de documentos normativos vinculados a los centros integrados.

Formación para el empleo

fpFormacion

Legislación relacionada con la formación para el empleo.

Consejo Escolar

Descripción

Informes

CENormativa

Normativa vinculada a la actividad del Consejo Escolar.

CEContacto

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